LA NACION 25-01-2013

Condenan al gobierno porteño por un paciente que se fugó del Borda y murió atropellado

Buenos Aires

Deberá indemnizar con más de 100 mil pesos a los padres

 
 
    

El gobierno porteño fue condenado a indemnizar con más de 100 mil pesos a los padres de un paciente psiquiátrico que se fugó del Hospital Borda y terminó muerto debajo de las ruedas de un camión. La Sala E de la Cámara, con las firmas de los jueces Fernando Racimo, Mario Calatayud y Juan Carlos Dupuis, subrayó que el paciente "era una persona con graves deterioros en el ámbito de lo psíquico y esos datos eran conocidos por el personal del hospital psiquiátrico".

"Si estaba en el Borda por orden judicial de internación, la razón fundamental era una crisis que no podía ser sobrellevada por el paciente mismo y como no surge de las constancias de autos que esta hubiera sido superada, no quedaba más que mantener el control por parte del personal médico y asistencial en torno a la persona del enfermo psiquiátrico", dijeron los jueces.

Además, descartaron responsabilidades del conductor del camión que atropelló y mató al paciente, porque "el accidente se produjo por un hecho de la víctima que se arrojó frente al paso de un camión con lo cual no hay motivos que hayan sustentado, ante el previo conocimiento del sobreseimiento dictado por esa razón, la promoción de una acción contra esos demandados".

El siniestro ocurrió cuando el paciente "fue embestido el 11 de enero de 2001 por un camión Mercedes Benz". "El hecho se produjo después de escaparse del Hospital Ramos Mejía, donde se hallaba motivo de un primer accidente vial ocurrido tras haberse fugado en la misma fecha del Hospital Borda", se informó.

El paciente, cuya identidad esta agencia mantendrá en reserva, "se tiró debajo del camión cuando éste circulaba con luz verde y a baja velocidad".

El joven "estaba psicótico por consumo de drogas" y el Hospital Borda "no tiene estructura para atender a drogadictos y se reciben porque no se ha generado otro dispositivo adecuado para internar esa patología", se añadió. Del fallo se desprende que el paciente tenía una "pésima" relación con su familia, que se negaba a recibirlo en el seno del hogar porque no podía controlar sus conductas.

Un informe médico indicaba que "se debería internar en una institución que sea de estructura cerrada y permita el control de los que entran y salen para evitar el ingreso de drogas, hecho que no se puede realizar en este hospital de puertas abiertas por impedimentos legales y carecer de personal especializado".

"Si estaba en el Borda por orden judicial de internación, la razón fundamental era una crisis que no podía ser sobrellevada por el paciente mismo y como no surge de las constancias de autos que esta hubiera sido superada, no quedaba más que mantener el control por parte del personal médico y asistencial en torno a la persona del enfermo psiquiátrico", resumieron los jueces..